Todo lo que hay que saber sobre el fallo histórico a favor de los dueños de planes de ahorro de automóviles

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El fallo del juez José Luis Casals es histórico porque es el primero que resguarda a un colectivo de ahorristas, explica el abogado Jair Dib, uno de los que inició la causa con apenas siete demandantes.

El teléfono de Dib no para de sonar. Tuvo que comprar otro para atender las múltiples inquietudes de ahorristas que quieren saber si son o no beneficiados por el fallo que tiene en vilo a las concesionarias y fábricas de automóviles, ya que el fallo tiene un punto decisivo: aún apelando y mientras no haya una decisión de fondo, se debe cumplir. Es decir, se debe retrotraer el precio de las cuotas a abril del año pasado y desde mayo, actualizarse con el índice de variación salarial del Indec, lo que equivale a un incremento acumulado de 46 por ciento, muy lejos del caso tope, con un aumento de casi 300 por ciento. 

Dib señala que los ahorristas no deben iniciar una demanda para ser beneficiados por el fallo, pero sí para negociar la devolución o compensación individual con las concesionarias. Al mismo tiempo, aclara que la acción no es contra las concesionarias, sino contra las fábricas que son las que fijan los precios. Otro beneficio indirecto del fallo de Casals es que obliga a las industrias a litigar en Misiones, lo que beneficia a los ahorristas que no tienen que viajar o contratar a un abogado de otra provincia. Particularmente, su estudio, que comparte con Ramón Oscar Camargo, no cobra por representar a los ahorristas. Recién si hay un triunfo definitivo, se establecerá un cánon que podría incluso tener que ser abonado por las empresas demandadas. 

La misma demanda colectiva que tuvo respuesta en Posadas, se presentó este miércoles en el juzgado federal de Oberá y después se replicará en Eldorado, para tener una cobertura en toda la provincia. 

Los efectos del fallo deberían ser visibles en la próxima cuota de los planes de ahorro. Éstas deberían venir, a fines de noviembre, con la reducción propuesta y aprobada por el fallo. Dib expresó que “si no se cumple vamos a hacer el planteo en la justicia de que no se está cumpliendo la orden judicial, vamos a solicitar aplicación de multa y el giro del expediente a la justicia penal por falta de cumplimiento al fallo”. Además sostuvo que “no hay forma de que la manda judicial no sea cumplida”. 

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El abogado insistió en que la acción no es contra las concesionarias de Misiones, sino contra las empresas automotrices que cartelizan precios y no pueden explicar el porqué de las subas varias veces por encima de la inflación. 

“La cadena de responsables empieza por las empresas, las fábricas, continúa en las administradoras y termina en las concesionarias”, sentenció. Incluso, el abogado explicó que las concesionarias no serán demandadas en este proceso, sino que el fallo apunta hacia más arriba: “El concesionario es responsable en algún punto por infringir la norma de defensa del consumidor, sí, pero no está demandado en este proceso”, aclaró. 

El estudio de abogados abrió una oficina especial para atender las consultas de los ahorristas, en Centenario 2896, esquina Lavalle. El teléfono de consulta es 3764245634.

El abogado agregó a la cadena de responsables a la Inspección General de Justicia (IGJ), por el incumplimiento en la revisión y control de los planes de ahorro. Sobre esto, Dib explica que “hay culpa del Estado por no controlar”. 

“Esto se hubiese resuelto con la IGJ y con el Ministerio de Producción. Se tuvieron que haber preguntado porque el auto posee un valor en el mercado, y el plan aumenta otro valor. Eso la IGJ claramente lo podía hacer”, sostuvo. 

¿Las fábricas podrían culpar al Estado por la inflación desbocada?

“Las empresas, en su defensa, no podrán culpabilizar del todo al Estado por la inflación, ya que fue, en un año, del 60 por ciento, aproximadamente, y la cuota aumentó hasta un 300 por ciento en algunos planes. El vehículo, en un año, pasó de valer entre 300 o 400 mil pesos, a un valor de 700 mil. En porcentual, hubo un aumento de más del 100 por ciento. Es decir que, claramente, esto ni siquiera está atado por la inflación”. 

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Con respecto a la defensa de las empresas demandadas, el abogado expresó: “Consideramos que el derecho entero está a nuestro favor. Es de conocimiento público el hecho de los abusos por parte de las automotrices, de las administradoras y todo este sistema perverso”. 

“Estas sociedades, ocultas muchas veces a través de sociedades anónimas, administran tu dinero sin rendirte cuentas y en perjuicio tuyo. Las automotrices fijan unilateralmente el precio del vehículo. Las administradoras lo que hacen es vender ese vehículo. El sistema está creado para vender más vehículos y que siempre el perjudicado sea el ahorrista. Todas esas dudas esperemos que despeje la justicia”, enumeró el letrado. 

Dib aseguró, a diferencia de otros abogados, que el fallo también protege a quienes tengan cuotas atrasadas en el plan de ahorro. “El fallo no discrimina a quienes están atrasados. Sí a quienes son alcanzados por el fallo, es decir, previo a abril de 2018”.

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