Para hacer Garabí, Macri deberá primero superar un plebiscito en Misiones

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A pesar de que el presidente Mauricio Macri y su par brasileño Jair Bolsonaro insistirán con la construcción de la represa de Garabí-Panambí sobre el río Uruguay, hay una ley en Misiones que es insalvable: cualquier emprendimiento hidroeléctrico debe necesariamente contar con la aprobación del Gobierno provincial y de un plebiscito vinculante.
La ley fue sancionada en 2011 y fue impulsada por el presidente de la Legislatura, Carlos Rovira. Un elemento central de la iniciativa es la afirmación de que Misiones tiene “la plenitud del dominio imprescriptible e inalienable sobre los recursos naturales hídricos existentes en el territorio”, y en este sentido plantea que “todo emprendimiento hidroeléctrico que requiera o utilice los recursos naturales hídricos de la provincia debe contar con la participación del pueblo de Misiones e intervención activa del Estado provincial”.
La intervención del Estado misionero es a través del Gobierno provincial y la Cámara de Representantes, y es de carácter “obligatorio y previa a cualquier decisión de carácter provincial, nacional o binacional, respecto de emprendimientos hidroeléctricos, incluyendo la formulación del anteproyecto de los mismos”.

En tanto, la participación del pueblo misionero se daría mediante un plebiscito, también “obligatorio, vinculante e irrenunciable”, y cuyos efectos duren mientras perduren “las condiciones particulares e históricas que dieron motivo a la decisión”.
El acto del plebiscito en ningún caso podrá coincidir con la fecha de elecciones generales o provinciales para cargos electivos de cualquier naturaleza.
En la norma se define como recurso natural hídrico a toda vertiente, arroyo o río, sean superficiales, o subterráneos, que recorran en forma total o parcial el territorio de la provincia, o que sean compartidos con otras jurisdicciones provinciales o Estados extranjeros.
Sistema repartidor energético
La ley no se detiene solamente en la declaración de principios rectores en materia de recursos naturales hídricos, sino también hace un fuerte hincapié en el derecho a la compensación por uso de los recursos naturales.
En esta línea busca establecer un régimen de coparticipación energética para los municipios, para la provincia, y para los Pueblos Originarios y asociaciones ambientales.
De acuerdo a la ley, el 30% de la energía sobre el porcentaje que corresponda a la República Argentina que generen los emprendimientos hidroeléctricos realizados en Misiones, o que causen impacto ambiental en el territorio, serían de propiedad “inalienable, imprescriptible e irrenunciable de la provincia”.
Mediante un mecanismo de coparticipación energética provincial, el 60% se destinaría a la provincia, el 35% a los municipios y el 5% para los Pueblos Originarios y asociaciones ambientales.
El 35% destinado a los municipios se coparticiparía de la siguiente manera: el 50% para los directamente afectados, el 30% para los que se ubiquen en la zona divisoria y el 20% para los ubicados en la cuenca opuesta.

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