Herrera Ahuad anunció el pago de un bono de cinco mil pesos para estatales

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El gobernador Oscar Herrera Ahuad anunció el pago de un bono de cinco mil pesos para los empleados estatales y los jubilados.

Se percibirá en dos cuotas de $ 2.500 cada una, la primera el miércoles 15 de enero de 2020 y la segunda el viernes 14 de febrero de 2020.

En paralelo, confirmó que el sábado 28 de diciembre estarán acreditados los haberes de los empleados activos de la Administración Publica como así también de los pasivos.

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Los 10 puntos claves que hay que saber sobre el dólar turista

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El gobierno promulgó en el Boletín Oficial la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva que incluye la creación del denominado dólar “turista”. Cuáles son los principales puntos a tener en cuenta sobre su aplicación.

El Gobierno reglamentó este lunes la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva que sancionó la emergencia económica y confirmó la aplicación de una sobretasa del 30% para el denominado dólar “turista” y ahorro.

¿Qué es el dólar “turista”?
Se le dice dólar “turista” porque serán los argentinos que viajan al exterior los que lo pagarán. Sin embargo, también alcanzará a los “servicios” extranjeros que son contratados dentro del país. No se trata de un nuevo tipo de cambio oficial sino que es un nuevo impuesto que se llama IMPUESTO PARA UNA ARGENTINA INCLUSIVA Y SOLIDARIA (PAIS).

Es un “recargo” del 30% que se establece a partir de la ley sancionada la madrugada del sábado por el Congreso nacional. Se da en el marco de una emergencia económica y tiene como fin aplicarse a las compras en moneda extranjera con tarjetas de crédito y débito emitidas por un banco o entidad financiera en la Argentina. La ley establece que se da en el marco de una “emergencia” y tendrá una duración de cinco períodos fiscales.

El precio de “cotización” virtual será 30% mayor que el valor del dólar oficial tipo vendedor del Banco Nación. Si el dólar oficial opera en $63 (por tomar una cifra), el “recargo” será de $18,9 por cada dólar. Así, el dólar “turista” cotizaría alrededor de $81,9.

¿Qué ocurre con la compra de dólar para ahorro?
La Ley establece que quedarán incluidos en el impuesto la compra de billetes y divisas para atesoramiento o sin un destino específico.

¿Qué servicios están alcanzados por el dólar “turista”?

  • Netflix, You Tube Premium, HBO GO, Amazon, Disney+, Spotify, Airbnb, Tinder Gold y otras apps de entretenimiento.
  • No incluye a las apps de transporte de pasajeros con conductor privado, como Cabify, que tiene sede empresaria en el país. Uber, no posee y sí será alcanzado.
  • Licencias de uso de software o servidores extranjeros.
  • Compras de bienes en otros países a través de las plataformas como Amazon o Alibaba y sus similares.
  • Descargas de juegos online para Play Station 4 y 5, Xbox One o Nintendo Switch y otras consolas.
  • Suscripciones a medios de comunicación digitales extranjeros o compras de revistas y publicaciones editadas en el exterior.
  • Pasajes aéreos, terrestres, navales; alojamientos y hoteles; excursiones y paseos; entradas a museos, espectáculos deportivos o artísticos; paquetes turísticos completos.
  • Aplicaciones extranjeras para alquileres de propiedades, estilo Airbnb, Booking, Flipkey, HOmeAway, y otras.
  • Está exceptuadas las plataformas educativas y software con fines educativos, los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, gastos relacionados a proyectos de investigación por parte de investigadores que trabajen para entidades estatales o del sistema universitario argentino. También excluye a la compra de materiales y bienes adquiridos en el exterior destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil.

¿Cómo me entero que estoy pagando el recargo del 30% del dólar turista?
Las compras o “servicios” son adquiridos a un valor en dólares, pero en el resumen de la tarjeta aparecen detallados con un precio en pesos al tipo de cambio oficial de la fecha de cierre de la tarjeta. Cuando el “recargo” entre en vigencia, en el resumen figurará el valor en dólares convertido a pesos más el 30%.

¿Si soy argentino y vivo en el exterior también debo pagarlo?
Lo pagarán aquellos argentinos que tengan una tarjeta de crédito o débito emitida por un banco o entidad radicada en la Argentina.

Si es argentino, vive en el exterior y tiene una tarjeta de un banco extranjero no serán alcanzados por el tributo, ya que esa tarjeta está regulada por leyes del país de emisión.

¿Por qué se decidió que el dólar “turista” sea un impuesto nuevo y qué finalidad tiene?
Para que el tributo tenga fuerza legal y pueda ser manejado desde el Poder Ejecutivo.

Porque los tiempos del Banco Central serían más largos, ya que aún no está formalizado el directorio que acompañará al nuevo presidente de la entidad, Miguel Pesce.

Para que no surja la identificación de la medida con la aplicación de un esquema de desdoblamiento cambiario, una situación que desde la administración de Alberto Fernández se quiere evitar de raíz.

El principalmente motivo es evitar una mayor salida de dólares del sistema financiero nacional. Según los cálculos del Ministerio de Economía de Martín Guzmán, con esta decisión se podría aportar durante 2020 unos u$s1.500 millones, reduciendo el déficit de la cuenta externa de los u$s6.000 a los u$s4.500 millones.

Pero además, la implementación de este recargo busca incentivar el turismo local y las compras de bienes y servicios de origen argentino, bajo una lógica “solidaria y contributiva”, como definió Santiago Cafiero.

¿Será posible que haya un reintegro del 30% que se cobra por dólar “turista”?
No se les permitirá a los contribuyentes que realicen estos gastos poder tomarlos a cuenta de algún otro impuesto vigente, tal como funcionaba la misma carga durante la última etapa del kirchnerismo. El Gobierno se descartó que pueda haber una devolución de Ganancias como ocurrió en el pasado.

¿Este recargo por dólar “turista” ya existió en la Argentina?
Si, lo aplicó el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner en 2014 por los mismos motivos. La diferencia es que no fue una medida adoptada por ley, sino por una resolución de la AFIP, para que no pase por el Congreso nacional, donde no tenía mayoría parlamentaria. En ese caso, el sobrecosto podía tomarse a cuenta del Impuesto a las Ganancias tanto para los autónomos como para los trabajadores en relación de dependencia.

¿Cuándo entró en vigencia el dólar “turista”?
La ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva fue sancionada en tiempo récord entre el jueves y la madrugada del sábado con un tratamiento que inició en Diputados y finalizó en la Cámara Alta. A partir de esta tarde entró en vigencia luego de ser publicada en el boletín oficial. Sin embargo, para su aplicación plena resta la reglamentación que correrá a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

¿Qué ocurrió con las compras realizadas previamente a la sanción de la ley?
La reglamentación empezó a regir para las futuras compras ya que una ley nunca rige “para atrás”. Sin embargo, si la compra con tarjeta de crédito fue anterior a la promulgación pero la misma tiene fecha de cierre a posteriori, pagará el 30% extra. Si la tarjeta cerró antes de la publicación de la norma en el Boletín Oficial, las compras no serán alcanzadas.

Fuente Ámbito

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Yerba mate: productores con “inscripción provisoria” tendrán un año más para regularizar su situación

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El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) comunica que se extiende hasta el 31 de diciembre del año 2020 el plazo para que los productores con “inscripción provisoria” puedan acercar la documentación pendiente y completar sus trámites en el Registro de Operadores en la categoría Productores.

Esta medida contempla fundamentalmente aquellos casos en que los interesados desarrollan el cultivo de yerba mate sobre terrenos fiscales de la provincia de Misiones y que, a la fecha, no regularizaron su situación ante la Subsecretaría de Tierras y Colonización.

Cabe recordar que la convocatoria a la inscripción en el mencionado registro entró en vigencia en el año 2016 y que desde el INYM se contempló la situación descripta anteriormente en varias oportunidades. En este caso, se trata de la tercera vez que se habilita una prórroga para que todos los productores puedan cumplimentar sus trámites.

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Fin de la Doctrina Bullrich: Eliminaron el Servicio Cívico Voluntario y el uso de las taser

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La nueva ministra de Seguridad, Sabina Frederic, derogó el protocolo para el uso de armas de fuego y de las pistolas Taser instaurado por su antecesora en el cargo, Patricia Bullrich, así como también los programas Servicio Cívico Voluntario y Ofensores en Trenes. La funcionaria cuestionó duramente las iniciativas de Bullrich y las acusó de atentar contra los Derechos Humanos y de “criminalizar a los trabajadores”.

La flamante ministra de Seguridad, Sabina Frederic, derogó este martes (24/12) el protocolo para el uso de armas de fuego dictado por su antecesora en el cargo Patricia Bullrich, así como otras de sus iniciativas que fueron características de su gestión: el uso de las pistolas Taser, el “Servicio Cívico Voluntario” y el programa “Ofensores en Trenes”.

A través de la Resolución 1231/2019 publicada en el Boletín Oficial este 24/12, Frederic eliminó varios reglamentos implementados por el gobierno de Mauricio Macri.

Uno de ellos es el “Reglamento General para el Empleo de las Armas de Fuego por parte de los Miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad” que permitía que las fuerzas utilizaran armas letales sin necesidad de dar la voz de alto y sin agresión directa previa.

Para Frederic, ese reglamento “excede los criterios impuestos [por la ONU] y se aleja del límite claro al uso de la fuerza letal por parte del personal de las fuerzas policiales y de seguridad”. Asegura que “en la base conceptual de este reglamento subyace una inadmisible desconsideración del estándar de la legítima defensa”.

Y remarca que las situaciones consideradas por la Resolución 956/2018 “atentan contra el principio de proporcionalidad y el de racionalidad del uso de la fuerza letal”. Así, sigue el texto, “el aumento de la violencia genera una situación de mayor peligro para el personal policial, para quienes delincan y para terceras personas”.

En su lugar, restituye la vigencia de las disposiciones de cada fuerza específica: Gendarmería Nacional, Prefectura Naval, la Policía Federal y la Policía de Seguridad Aeroportuaria.

La ministra también derogó el “Reglamento General para el Empleo de Armas Electrónicas No Letales”, más conocidas como pistolas Taser, al considerar que las disposiciones para su uso tienen un texto “vago” y “general” y que “en realidad no se establece criterio alguno respecto del empleo de tales armas electrónicas”.

También la funcionaria eliminó los programas de “Servicio Cívico Voluntario en Valores” y el plan “Ofensores en Trenes”.

La actual conducción sostiene que las finalidades y las funciones de la Gendarmería no guardan relación con los objetivos del Servicio Cívico Voluntario, que serían materia del Ministerio de Educación. “El Ministerio de Seguridad avanzó sobre una materia completamente ajena a sus objetivos y funciones”, afirma el texto, que anuncia la transferencia de ciertas responsabilidades del programa a la cartera educativa.

Y cuestiona “la habilitación de un espacio de intervención entre una fuerza de seguridad militarizada con niños, niñas y adolescentes”.

En cuanto al plan “Ofensores en Trenes”, la principal objeción es que “criminaliza a los trabajadores mediante un exceso de controles innecesarios e injustificados”.

La nueva resolución establece que la medida “pone a disposición de las fuerzas policiales y de seguridad la posibilidad de reforzar criterios de selección y discriminación”, además de contradecir “los estándares de seguridad democrática” y “los estándares internacionales de Derechos Humanos”.

También se revocó la creación del “Centro de Formación de Gendarmes” en Complejo Unidad Turística Chapadmalal.

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