Presentan un amparo contra decreto de Macri que habilita negocios turísticos en los Parques Nacionales

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La Asociación Amigos de los Parques anunció hoy que presentará el viernes un amparo contra el decreto nacional 368/19, que modifica el artículo 6 de la ley 22351 de Administración de Parques Nacionales y transfiere a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo la decisión de autorizar o rechazar la construcción de negocios turísticos en áreas protegidas de todo el país.
“No estamos en contra de los emprendimientos e inversiones turísticas en Iguazú pero exigimos que se realicen fuera de las áreas protegidas, por el impacto ambiental que provocan”, indicó a Télam Carlos Zárate, secretario de la ONG misionera Asociación Amigos de los Parques.
Desde hace ocho meses, esa organización se manifesta en contra de un proyecto para avanzar en la construcción de alojamientos y comercios (llamado Villa Turística) dentro del Parque Nacional Iguazú en esa localidad misionera.
“A diez minutos del área protegida hay varias opciones de alojamiento y lugares para construir. Por eso, solicitamos que la villa turística se realice fuera del Parque Nacional por el impacto ambiental que implica en la flora y fauna, al igual que en otros lugares protegidos”, agregó Zárate, quien confirmó que presentarán el amparo el viernes por considerar “inconstitucional el decreto 368/19”.
“Esta modificación da luz verde para hacer cualquier emprendimiento en áreas protegidas y saca a los técnicos de Parques Nacionales de esa decisión, que autorizaban o rechazaban la viabilidad de cualquier intervención”, indicó a Télam José Barrios, presidente de la Asociación Amigos de los Parques.
El decreto 368/19, publicado el 22 de mayo, establece la modificación de el articulo 6 en el marco del “Plan de Modernización del Estado” y la “simplificación” para el funcionamiento del Sector Público Nacional, e “incluye la reducción de trámites excesivos, la simplificación de procesos y la elaboración de normas que nos lleve a un Estado eficiente”.
Y, en su artículo 1 asigna a la “Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación o al órgano que en el futuro la reemplace, las competencias que surgen del artículo 6 de la Ley 22.351”.
En ese sentido, fuentes de la Secretaría de Ambiente ratificaron a Télam que esa normativa fue “sancionada y promulgada en el año 1980 por un Gobierno de facto”.
Las fuentes aclararon también que en esa época había “otra estructura distinta a la actual con un nivel de centralización en la toma de decisiones imposible de llevar adelante en la actualidad”.
“Este proyecto fue avalado por la Administración de Parques Nacionales, la Secretaría de Presidencia de la Nación y finalmente por el Presidente de la Nación”, establecieron las fuentes.

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