Misiones cumple con los principales lineamientos de la nueva ley de responsabilidad fiscal

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                En la ciudad de Buenos Aires, el Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal en el plenario integrado por las provincias y la Nación, aprobó el texto del anteproyecto de la nueva ley en materia de control del gasto público y el déficit de la Nación y de las Provincias.

                La reunión estuvo encabezada por su presidente, el ministro de Hacienda Nicolás Dujovne y por su Secretario Ejecutivo, Lisandro Cleri, el ministro de Economía de Mendoza, de Misiones, con Adolfo Safrán, ocupa el cargo de Secretario Ejecutivo Suplente. También estuvo presente, el Secretario de Hacienda de la Nación Rodrigo Pena, y el Subsecretario de Provincias del Ministerio del Interior, Paulino Caballero.

                Los puntos más importantes que fueron acordados son:

  1. Todas las jurisdicciones, excepto el Gobierno Nacional, deben respetar que el Gasto Público corriente no aumente en términos reales, es decir no debe aumentar por encima de la tasa de inflación prevista en las pautas macrofiscales. Se pueden deducir de este cálculo los gastos financiados por transferencias del Gobierno Nacional, las transferencias a municipios y aquellos gastos corrientes destinados al cumplimiento de políticas públicas nacionales. Por ejemplo, con el reciente anuncio de la escolarización obligatoria a los 3 años que impulsa el Gobierno Nacional, los Gobiernos provinciales pueden verse obligados a aumentar su nómina salarial educativa por encima de la pauta de inflación dado que deberían incorporar nuevos docentes; en ese caso este mayor gasto no se tiene en cuenta para el cálculo de esta Regla Fiscal. En el caso del Gobierno Nacional, se le permite exceptuar del cálculo por el incremento de las erogaciones por la ley de movilidad jubilatoria (Ley nro 26417), esto es así, pues mientras la tasa de inflación presente una curva descendente, en el año corriente las jubilaciones y pensiones del ANSES aumentarán por encima de la inflación (pues se calculan en base a la inflación pasada que ha sido mayor) lo cual hace que sea de imposible cumplimiento antes del año 2019.
  2. Además, para aquellas jurisdicciones cuya tasa de endeudamiento supere los parámetros previstos en la ley de responsabilidad fiscal y/o presenten resultado corriente primario deficitario deben cumplir con esta segunda Regla que el Gasto Primario Total debe permanecer constante en términos reales neto de las transferencias del Estado Nacional, las transferencias a los municipios y los gastos de capital que dispongan de alguna fuente de financiamiento. Esta Regla solo aplica a las jurisdicciones que presenten por lo menos una de las dos condiciones, para lo cual el Gasto Primario Total no puede aumentar por encima de la tasa de inflación. La meta es que para el año 2019, las jurisdicciones no registren déficit corriente primario, y en caso de no alcanzar este objetivo deberán seguir cumpliendo con estas Reglas enunciadas.
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En el caso de la provincia de Misiones, no se supera la tasa de endeudamiento, y ha registrado usualmente un resultado corriente superavitario, de manera que esta norma no aplicaría.

  1. Las jurisdicciones no pueden aumentar la planta de personal por encima del crecimiento vegetativo de su población, a excepción de aquellas jurisdicciones que alcancen el equilibrio fiscal y que deban prestar mayores servicios de salud, seguridad y/o educación. También se le permite al Consejo de Responsabilidad Fiscal establecer criterios óptimos de empleo público por provincia para admitir excepciones, dado que hay un grupo de jurisdicciones que presentan a la fecha baja relación de empleo público por habitante, y por alguna circunstancia puedan necesitar incrementar su personal.

Misiones, por ejemplo es la cuarta provincia con menos empleados públicos por habitante (49 empleados cada 1000 habitantes) y está por debajo del promedio nacional.

  1. Se asume el compromiso de no elevar la presión impositiva legal a las actividades productivas. Esta norma, busca dar una clara señal al sector privado para generar la confianza necesaria a fin que concreten inversiones en el sector real a sabiendas que no se verán sorprendidos con mayor presión fiscal a la actual.
  2. En los últimos seis meses a la finalización del mandato, no se puede incrementar el gasto corriente de tipo permanente. A esta Norma se la conoce como Regla de Fin de Mandato, y lo que pretende es evitar decisiones que se puedan adoptar por parte de un gobierno saliente que produzca un serio perjuicio a la Administración con medidas en los meses previos a culminar el mandato, tales como incorporación masiva de personal, pases a planta permanente, aumentos salariales desmedidos, asunción de compromisos a largo plazo que genere una erogación permanente, entre otras medidas.
  3. Las jurisdicciones provinciales y la Ciudad de Buenos Aires no pueden registrar servicios de deuda que superen el 15% de sus ingresos corrientes netos. Esta fue una de las propuestas inicialmente elevadas por la provincia de Misiones como una regla sana de conducta fiscal. En los primeros años de endeudamiento que tuvo nuestra provincia los servicios de deuda llegaron a representar el 21% de los ingresos netos corrientes (a valores presentes $530 millones mensuales) lo que comprometió seriamente a los servicios y políticas que podía brindar el Estado Provincial.
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El Consejo de Responsabilidad Fiscal es integrado por las provincias y la Nación, a excepción de  la provincia de San Luis, a quienes se les ha cursado la invitación para adherirse a la misma, como ha ocurrido recientemente con la provincia de La Pampa y la ciudad de Buenos Aires.

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