La reprivatización de Transener y las sospechas radicales

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El gobernador mendocino y el presidente de la UCR, Alfredo Cornejo, envió una carta al ministro de Energía, Juan José Aranguren, para que de explicaciones por la venta de acciones eléctricas que había comprado el Estado en 2016. Poco después de la primera reunión de gabinete con Mauricio Macri, el jefe de la cartera energética difundió la respuesta (también por escrito) en la que le reprochó haber hecho pública la carta para avisarle que se opondrían a la reprivatización de las acciones de Transener, y remarcó los “errores” radicales para finalizar asegurando que en el Ejecutivo están “convencidos de la dirección que hemos tomado”. Esperan obtener unos US$350 millones por la venta del paquete accionario, que según Aranguren significará una ganancia de 500% comparando con el valor de compra.

Alfredo Cornejo esperaba del ministro de Energía, Juan José Aranguren, “una respuesta por escrito -como corresponde- en la que nos dé toda la información (necesaria), de calidad y con argumentos específicos” sobre el proceso de venta de las acciones del Estado nacional en Transener, que encara el gobierno nacional y que la UCR rechazó públicamente.
En lo que fue el primer chispazo público entre el Pro y la UCR (los mayores socios de Cambiemos) desde la reciente designación de Cornejo al frente del Comité Nacional del radicalismo, la conducción partidaria se opuso a “que el Estado se desprenda de su participación accionaria en empresas del sector energético, entre ellas la mayor transportadora eléctrica de alta tensión”.
Pero a pesar de la oposición de la UCR, Mauricio Macri decidió vender las acciones en Transener. “Somos miembros de una coalición y estamos orgullosos de ello, pero intercambiamos con calidad e información cuando tenemos diferencias”, remarcó Cornejo, quien reclamó una respuesta “con la misma calidad de información y con argumentos específicos”.
Aranguren respondió y confirmó así que el Gobierno ya decidió vender. En efecto, las páginas de respuesta llegaron unas pocas horas después de haberse reunido con el presidente Macri en la primera reunión de Gabinete, lo que hace presuponer una autorización de la Casa Rosada para la misma.
Según manifestó el funcionario en su carta, en principio, la salida actual “permitiría una ganancia importante”.
“Se destaca, en varias partes de la nota, la idea de la importancia de la presencia del Estado Nacional en Transener, como si ésta fuese una empresa de control estatal, o que por razones estratégicas relativas a su operación requiriese indefectiblemente de la presencia del Estado”, escribió Aranguren, antes de recordar que desde 1993 está bajo control de privados.
Aranguren también remarca que el hecho de que el Estado controle acciones “en ningún caso le otorgó a Transener el carácter de empresa pública” y recuerda que en los hechos la empresa estuvo en los últimos diez años manejada por Pampa Energía y Electroingeniería (que en 2016 vendió su parte al Estado) y que ni siquiera el kirchnerismo designó directores cuando ingresó como accionista en 2008.
El ministro también le explica a los radicales que “no es correcto” afirmar que el Estado, a través de Enarsa y la Anses, “sea el mayor accionista” de la compañía ni pueda tomar decisiones. “Enarsa no es titular de acciones directas de Transener, sino que es el accionista co-controlante de Citelec”, aclara. Citelec controla el 52% de Transener.
También detalla que no podría el Estado tomar el control “porque ello significaría incurrir en una violación de sus obligaciones contractuales y del marco regulatorio (…) que prohíbe a los generadores mantener una posición de control en una transportista eléctrica”.
El radicalismo rechaza la venta, y no oculta sus sospechas de favoritismo hacia Pampa Energía de Marcelo Mindlin, ya que el subsecretario de Coordinación Administrativa de Aranguren, es Marcelo Pedro Blanco, un ex integrante del directorio.
En tanto, en el gobierno nacional niegan que las acciones puedan ir a parar a Pampa Energía “porque ya es titular del 50% de Citelec” y señalan al ex secretario de Energía del radicalismo, Jorge Lapeña -director de Enarsa- como el principal fogonero de la oposición radical a la venta de acciones en Transener. Por su parte Mindlin es, además, el concesionario de las generadoras Hinisa e Hidisa en Mendoza.
Respecto a esa acusación radical, Aranguren la calificó de “innecesaria” y remarcó que la presencia en el proceso del subsecretario de Coordinación Administrativa, Marcelo Blanco -ex Pampa Energía- “obedece a la distribución de funciones operativas”, al tiempo que asegura que Blanco “no será el responsable de autorizar la venta cuando ésta ocurra luego de un proceso competitivo”.
En la última parte de la nota, el ministro defiende el negocio que significa para el gobierno. En primer término, desmiente que la compra del 25% de Citelec en 2016 haya sido por “razones estratégicas” como sostienen los radicales, sino que fue por motivos económicos ya que por el aumento de las tarifas energéticas evidentemente la empresa aumentaría su valor de mercado.
“Enarsa tuvo claramente en cuenta y este ministro lo avaló, al momento de proponer y considerar la operación de compra, la posibilidad de aprovechar una oportunidad de negocio antes que una decisión de tipo estratégica”, admite Aranguren, que luego agrega que la venta permitirá “una ganancia más que importante” para Enarsa. “Ese fue, en definitiva, el resultado buscado, y no dejar que ese buen negocio lo concretara un tercero”, añade.
En el Gobierno esperan obtener unos 350 millones de dólares por la venta del paquete accionario, que según Aranguren significará una ganancia de 500% comparando con el valor de compra.
Para finalizar, Aranguren señaló: “Por todo lo expuesto, convencidos de la dirección que hemos tomado, espero haber dado satisfacción a sus demandas. De no ser así, o de tener algunas nuevas, quedo a disposición para reunirnos a la brevedad”. Ahora, será el turno de la UCR para que se expida sobre las argumentaciones oficiales que detalló el ministro de Energía.
La carta de Aranguren
La UCR acompañó la compra por parte del Estado de las acciones que tenía, en Transener, Electroingeniería, a la que se vincula con el gobierno de Cristina Fernández.
El gobierno también prepara la privatización de al menos tres centrales térmicas: Central Puerto y Ensenada de Barragán, en Buenos Aires y Brigadier López en Santa Fe. Galuccio le dio a Mindlin una suma casi idéntica a la que espera Aranguren por Transener
Mientras los temores radicales giran alrededor de Mindlin, éste continúa con sus negocios. Entre ellos, el más reciente (ayer, martes 16/01) fue la transferencia que hizo Pampa Energía a Vista Oil and Gas, del 59% de Petrolera Entre Lomas y sus tenencias por unos US$360 millones.
“La empresa Pampa Energía concretó este martes la venta de su participación accionaria del 58,88% en la Petrolera Entre Lomas (Pelsa) a la firma Vista Oil & Gas, conducida por el ex CEO de YPF Miguel Galuccio. Además le vendió sus tenencias directas en las áreas Entre Lomas, Bajada del Palo, Agua Amarga y Medanito-Jagüel de los Machos, por un monto total de 360 millones de dólares”, publicó el sitio ‘La Política Online’.
La empresa que conduce Marcelo Mindlin informó ayer, según publicó también la agencia de noticias ‘Télam’ que “la decisión de Pampa Energía responde a la estrategia de focalizar sus inversiones y recursos humanos tanto en la expansión de la capacidad instalada para generación de energía eléctrica, como en la exploración y producción de gas natural, con especial foco en el desarrollo y la explotación de sus reservas de gas no convencional (shale y tight gas) en sus áreas de Vaca Muerta, como así también seguir invirtiendo en el desarrollo de nuestras concesiones de servicio público”.
En un comunicado, precisó: “El precio de la operación es de 360 millones de dólares, sujeto a ajustes estándar en este tipo de transacciones y condiciones precedentes, incluyendo la aprobación por parte de la asamblea de accionistas de Vista”.
Galuccio, el ex CEO y titular de YPF, es el presidente del Consejo de Administración y Director General de Vista Oil & Gas; mientras que otro ex YPF, Pablo Manuel Vera Pinto, es el director de Finanzas.
Galuccio creó la compañía el año pasado mediante un moderno sistema de fondeo en La Bolsa de México, que de hecho se estrenó con su compañía. Reunió unos US$650 millones, disponibles para comprar activos en la región y así trasladar a la realidad el proyecto.
Macri y Mindlin

La carta completa:
De mi mayor consideración:
Por la presente me dirijo a Uds. acusando recibo de su nota (en adelante la Nota) fechada el 08/01/2018 y
recibida en mano en la privada del Ministerio de Energía y Minería (en adelante MINEM) al día siguiente,
referida al Decreto N° 882/2017 y la Disposición SSCA-MINEM N° 527/2017 de la Subsecretaría de
Coordinación Administrativa del MINEM (erróneamente referida en la Nota como Decisión Administrativa
MINEM N°527-E/2017).
Si bien la Nota no está membretada, ni consigna su firma por parte de los remitentes, confirmé en forma
telefónica con el Diputado Negri su autenticidad, hecho que luego fue a su vez corroborado por el carácter
público que se le dio a la misma a partir de su publicación el 10/01/18 en el portal Infobae y que luego
fuera reproducida por otros medios, como así también mencionada por dirigentes de la UCR.
Más allá de las reuniones que el Ministerio de Energía y Minería ha estado y estará siempre dispuesto a
realizar con los equipos técnicos de Cambiemos o de los partidos que lo constituyen para debatir y clarificar
las decisiones de política energética que toma o tiene previsto tomar nuestro gobierno, cuando así le sea
requerido, pasaré a continuación a comentar los puntos principales a los que se refiere la Nota recibida.
1) La enajenación de las acciones de ENARSA en CITELEC
En primer término, luego de una atenta lectura de la Nota, se advierte que tiene por objeto cuestionar la
decisión presidencial de enajenar las acciones de ENARSA en CITELEC, empresa controlante de
TRANSENER, aún cuando la misma comienza con una crítica aparente a la Disposición SSCA-MINEM
Nº 527/17 citada.
Las razones de la decisión tomada por el Presidente de la Nación a propuesta del MINEM, están
claramente expuestas en los considerandos del Decreto Nº 882/17 y, por razones de brevedad, a ellos me
remito.
Se destaca también, en varias partes de la Nota, la idea de la importancia de la presencia del Estado
Nacional en TRANSENER, como si ésta fuese una empresa de control estatal, o que por razones
estratégicas relativas a su operación requiriese indefectiblemente de la presencia del Estado en su
composición accionaria.
Cabe recordar, sin embargo, que TRANSENER fue privatizada en el año 1993, teniendo a CITELEC como
accionista controlante. Desde entonces, CITELEC fue una empresa de capitales privados, originariamente
conformada por NATIONAL GRID y PEREZ COMPANC y, luego de sucesivas transferencias de
acciones, PAMPA ENERGÍA y PETROBRAS, PAMPA ENERGÍA, ELECTROINGENIERÍA y
ENARSA, hasta llegar a la composición accionaria actual (PAMPA ENERGÍA y ENARSA).
La presencia de un accionista estatal en ningún caso le otorgó a TRANSENER el carácter de empresa
pública, ni siquiera el de una empresa sujeta a los controles de la Ley Nº 24.156 (Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional).
Dicha empresa cuenta, tal como ustedes destacan acertadamente en su misiva, con un gerenciamiento de
primer nivel, es altamente sofisticada desde el punto de vista tecnológico y sus servicios mantuvieron
elevados índices de calidad, aún en las peores circunstancias, cuando se la privó desde el año 2002 de las
revisiones tarifarias previstas en el marco regulatorio y el contrato de concesión suscripto por el Estado
Nacional y, por ende, de los recursos necesarios para realizar inversiones y mantener un adecuado nivel de
operación.
Por ello, no es correcto afirmar que la entrada de ENARSA en el directorio de TRANSENER haya
resultado fundamental para mejorar su funcionamiento. Fue entonces la decisión, aquí sí, estratégica de
nuestro gobierno de velar por el cumplimiento de la ley y de los marcos regulatorios, la que inició el
camino de una recomposición tarifaria de las empresas de servicios públicos contando con el esfuerzo de
todos los argentinos y -repito, en cumplimiento con lo establecido por las leyes que regulan el sector- le dio
previsibilidad a TRANSENER para poder desarrollar su modelo de negocio.
En el año 2008, ENARSA adquirió el 25% de CITELEC a PETROBRAS, junto con
ELECTROINGENIERÍA que adquirió otro tanto.
Sin embargo, ENARSA no ejerció nunca sus derechos
como accionista designando directores que implicaran la presencia del Estado Nacional en la conducción de
TRANSENER. En los hechos, esta compañía ha sido co-controlada por PAMPA ENERGÍA y
ELECTROINGENIERÍA en los últimos diez años, lo que evidentemente pone en tela de juicio la
importancia estratégica que el Estado Nacional, al menos durante las anteriores administraciones -que no
creo que puedan ser calificadas como poco intervencionistas- le asignó a esa participación estatal en
TRANSENER.
2) El control de TRANSENER
Tampoco es correcto afirmar que el Estado Nacional, a través de ENARSA y de la ANSES, sea el mayor
accionista de TRANSENER.
Al respecto, cabe destacar que ENARSA no es titular de acciones directas de TRANSENER, sino que es el
accionista co-controlante de CITELEC, quien a su vez detenta la titularidad del paquete de control de
TRANSENER. Las decisiones de CITELEC son gobernadas por su estatuto societario y un acuerdo de
accionistas vigente entre sus socios que ENARSA debe cumplir como parte de los compromisos asumidos
por la compra de su participación accionaria. Los directores de CITELEC en TRANSENER están obligados
a votar como lo decida CITELEC.
De modo tal que ENARSA no podría adoptar posiciones de control junto con la ANSES para el gobierno
de TRANSENER, porque ello significaría incurrir en una violación de sus obligaciones contractuales y del
marco regulatorio eléctrico vigente establecido por la Ley 24.065 (erróneamente referido en la Nota como
Ley 25.065), que prohíbe a los generadores mantener una posición de control en una transportista eléctrica.
Al respecto, con motivo de la compra del 25% de las acciones en CITELEC al grupo
ELECTROINGENIERÍA, la Comisión Nacional de Valores (CNV) exigió inicialmente a ENARSA el
lanzamiento de una oferta pública de adquisición (OPA) por entender que había alcanzado una posición de
control en TRANSENER. Ello llevó a ENARSA a explicar fundadamente que no podía asumir tal posición
de control por prohibición expresa del marco regulatorio eléctrico, lo cual luego fue corroborado por el
Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) ante la consulta de la propia CNV.
En conclusión, de ningún modo puede afirmarse que el Estado Nacional es el accionista mayoritario de
TRANSENER, y mucho menos que dicha participación accionaria conjunta le otorga una posición de
control.
Por otra parte, con un Estado Nacional funcionando en plenitud y con un gobierno respetuoso de las
instituciones, los monopolios naturales (típico caso de los servicios públicos de red) no se controlan a partir
de la participación o intervención estatal en los mismos (ya tenemos bastante experiencia de lo que ello
significa en nuestro país), sino contando con Entes Reguladores que funcionen conforme a derecho y
eligiendo a sus autoridades por concurso público ante un jurado de reconocidos expertos en la materia,
como ha sido el caso del ENRE y del ENARGAS.
3) La operación de compra de 2016 y sus resultados económicos para ENARSA
La Nota consigna en forma errónea que ENARSA compró en Septiembre de 2016 el 13% de las acciones
de la empresa TRANSENER. En efecto, ENARSA compró el 25% del paquete accionario de CITELEC
(titular del 52% de las acciones en TRANSENER) que fue ofrecido en venta por su titular hasta entonces,
ELECTROINGENIERÍA. Asimismo, ENARSA ya era titular de otro 25% de CITELEC adquirido a
Petrobras en 2008, aunque nunca había designado directores en TRANSENER, situación que se modificó
con la asunción de nuestro gobierno.
Contrariamente a lo que afirman en la Nota, la adquisición del 25% de las acciones de CITELEC por parte
de ENARSA fue una adquisición de última instancia. En efecto, eran de público conocimiento -a mediados
del año 2016- las dificultades financieras que atravesaba el grupo ELECTROINGENIERÍA, empresa que
empezó a evaluar alternativas de desinversión, entre ellas desprenderse de su participación accionaria en
CITELEC. Fue así que ENARSA le presentó al MINEM la estrategia a seguir para ejercer el derecho de
preferencia que tenía por el acuerdo de accionistas de CITELEC para la compra del 25% de su paquete
accionario, una vez que fuera notificado en forma fehaciente por el grupo ELECTROINGENIERÍA de las
ofertas que tenía, en primer término de la firma MediaInvest S.A. y luego de Disvol S.A. para dicha
transacción.
Las razones esgrimidas por ENARSA, en oportunidad de solicitar autorización para la compra de esa
participación accionaria, fueron principalmente económicas, toda vez que en la estimación de valor
acompañada mediante Nota ENARSA Nº P6535/2016 del 20-9-2016 se sugirieron diferentes escenarios de
valuación, considerando una posible normalización tarifaria que provocaría un aumento en el flujo de
fondos de la compañía y, por ende, de su valor de mercado.
Además, ello le permitiría acrecentar su participación, llegando a una posición de co-control con el otro
accionista de CITELEC, lo que podría redundar en un mayor valor de mercado al momento de una futura
venta. Es decir, ENARSA tuvo claramente en cuenta y este ministro lo avaló, al momento de proponer y
considerar la operación de compra, la posibilidad de aprovechar una oportunidad de negocio antes que una
decisión de tipo estratégica que, por otra parte, para asegurar el adecuado uso de los recursos públicos
también estamos obligados a poder cuantificar y no solo declamar.
En este sentido, el valor de mercado de TRANSENER en la actualidad, influido a nuestro entender también
por el dictado del Dto. 882/2017 que dispone la enajenación del co-control de ENARSA en CITELEC, tal
como bien lo afirman ustedes en su nota, nos lleva a corroborar que la venta actual de las acciones de
ENARSA permitiría realizar una ganancia más que importante en beneficio de la empresa estatal. Ese fue,
en definitiva, el resultado buscado, y no dejar que ese buen negocio lo concretara un tercero. Por ello,
estamos orgullosos en asegurar que ENARSA se comportó profesionalmente y ejerció sus derechos en
forma diligente y correcta, generando un buen negocio para sus accionistas, actuando después de muchos
años de descontrol como una empresa eficiente que toma acertadas decisiones de negocio.
ENARSA únicamente tuvo en cuenta la posibilidad de aprovechar una oportunidad de negocio antes que
una decisión estratégica de política energética, y en ningún caso se le instruyó a ENARSA para que adopte
dicha decisión teniendo en miras una reestatización de TRANSENER.
Para que el ejercicio del derecho de preferencia sobre la venta de las acciones de ELECTROINGENIERÍA
realmente constituya la mejor operación económica en toda la historia de ENARSA, como se afirma en la
Nota, es necesario concretar la ganancia, y solo mirando el indicador bursátil se advierte que la misma sería
realmente beneficiosa, obteniéndose posiblemente un 500% comparando el valor de compra y el de posible
realización.
El Decreto Nº 882/17 le encomendó a Integración Energética Argentina S.A. (en adelante IEASA) , la
nueva denominación de ENARSA luego de su fusión por absorción con EBISA, concentrar la ejecución de
las obras públicas que en materia energética lleva adelante el Estado Nacional a través de este Ministerio,
especialmente las represas de generación hidráulica del “Complejo Hidroeléctrico CONDOR CLIFF – LA
BARRANCOSA sobre el Río Santa Cruz”, los gasoductos regionales en ejecución y la Central Térmica
Río Turbio, para lo cual requerirá de fondos públicos que hoy el Estado Nacional solo podría obtener con
mayor endeudamiento.
En este sentido, la venta de los activos dispuestos por el mencionado Decreto (entre ellos las acciones de
ENARSA en CITELEC) persigue el propósito de generar fondos genuinos, a través de su venta, para
aplicarlos en obras públicas donde el sector privado no ha participado.
4) La Disposición SSCA-MINEM N° 527/17
Como se ha mencionado más arriba, a través del Decreto N° 882/17 el Poder Ejecutivo nacional instruyó a
este Ministerio de Energía y Minería a llevar adelante una serie de acciones vinculadas con la fusión por
absorción de ENARSA y EBISA, revistiendo la primera el carácter de absorbente, bajo la denominación de
IEASA.
Entre las diversas acciones previstas en el citado Decreto, el artículo 6° instruyó a este Ministerio a
“impulsar las medidas necesarias para que INTEGRACIÓN ENERGÉTICA ARGENTINA S.A. proceda a la
venta, cesión u otro mecanismo de transferencia, según corresponda, de: … c. La participación accionaria
de ENARSA en COMPAÑÍA INVERSORA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA CITELEC SOCIEDAD
ANÓNIMA”.
Dicho artículo previó, también, la posibilidad de que el desarrollo de los procedimientos y la suscripción de
los documentos contractuales para cumplir con los fines del Decreto sean realizados por este Ministerio o
encomendados a IEASA (conf. artículo 6° in fine del Decreto N° 882/17).
En ese marco, entonces, y bajo la autorización prevista en el artículo 11 del mismo Decreto, se dictó la
Disposición SSCA-MINEM N° 527/2017 por la que se autorizó el llamado a Concurso Público Nacional N
° 452-0003-CPU17 para la contratación de un servicio de consultoría para la evaluación y el asesoramiento
financiero integral para el diseño y estructuración del proceso de enajenación de la participación accionaria
perteneciente a ENARSA en la empresa CITELEC; se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y las Especificaciones Técnicas y se encomendó a la Dirección de Compras y Contrataciones
llevar a cabo el procedimiento correspondiente a la convocatoria, las presentaciones y apertura de las
propuestas y todos los trámites atinentes al proceso de selección.
Por otra parte, de acuerdo con la normativa que rige las contrataciones públicas de la Administración
Nacional, el procedimiento de selección se realiza a través del Portal de Compras Públicas Electrónicas
COMPR.AR, que garantiza la publicidad, transparencia y objetividad del procedimiento de selección.
Con relación a la circunstancia de que la convocatoria a concurso público haya sido dispuesta por el
Subsecretario de Coordinación Administrativa, Ing. Marcelo P. Blanco, cabe señalar que ello obedece a la
distribución de funciones operativas -en materia de contrataciones- propia de la organización institucional
de este Ministerio.
Además, la decisión de venta, cesión o transferencia de la participación accionaria de ENARSA en
CITELEC ha sido tomada por el Poder Ejecutivo nacional mediante el reseñado artículo 6°, inciso c), del
Decreto N° 882/17, y no a través de la Disposición citada.
Por lo tanto, la alusión al posible interés de un funcionario (que ejerce tareas de coordinación
administrativa del MINEM) por su pasado como Director en PAMPA ENERGÍA (empresa que por otra
parte no puede acrecentar su participación accionaria en CITELEC), en la venta de las acciones de
ENARSA en CITELEC -funcionario que por otra parte no será responsable de autorizar la venta cuando
ésta ocurra luego de un proceso competitivo- no deja de ser innecesaria y, en todo caso, si hubiera habido
alguna duda, ésta hubiese ameritado una consulta previa a este ministro.
En este aspecto, en su nota se expresa: “Llama la atención entonces porqué la Decisión Administrativa
(sic) 527 E-2017 solo se limitó a analizar la venta y no la cesión ni otro mecanismo de transferencia…”.
Lo que llama verdaderamente la atención es la errónea interpretación efectuada tanto del Decreto N°
882/2017 como de la Disposición SSCA-MINEM N° 527/2017, toda vez que ésta se refiere expresamente
al “proceso de enajenación” de la participación accionaria de ENARSA en la empresa CITELEC. Enajenar
significa vender o ceder la propiedad de algo (bienes, derechos, etc.).
Por ello, el resultado de la consultoría
que eventualmente se contrate determinará cuál es el mecanismo más competitivo para la enajenación
(venta, cesión, transferencia) de la participación accionaria en cuestión, a fin de preservar el patrimonio
estatal.
Finalmente, cabe mencionar que el presupuesto estimado en la Disposición SSCA-MINEM N° 527/2017,
de $24 millones (IVA incluido), ha sido tomado como una estimación, a fin de atraer oferentes de primer
nivel para una tarea en la cual no cobrarían menos del 1% del valor de la transacción; mientras que en este
caso se está limitando el honorario a menos del 0.4% (ello teniendo en cuenta el valor actual de cotización
y que la tenencia en CITELEC, como mencionara más arriba tiene un Premium).
Por todo lo expuesto, convencidos de la dirección que hemos tomado, espero haber dado satisfacción a sus
demandas. De no ser así, o de tener algunas nuevas, quedo a disposición para reunirnos a la brevedad.
Sin otro particular saluda atte.
La carta de la UCR:
La nota enviada al Ministro con el objetivo que se difunda ante la opinión pública lleva la firma de cuatro referentes de la UCR: Ángel Rozas, presidente del bloque en el Senado; Jorge Sappia, presidente de la Convención de la UCR; Alfredo Cornejo, Gobernador de Mendoza y Presidente del Comité Nacional; y Mario Negri, presidente del Bloque en Diputados.
De la elaboración del texto participó el Instituto Argentino de Energía (IAE) “General Mosconi, brazo energético del partido, siendo Jorge Lapeña y Gerardo Rabinovich dos históricos referentes.
El texto de la carta
Nos dirigimos a usted atento a la Decisión Administrativa MINEM W527-E/2017 de fecha 28 de diciembre de 2017 promulgada por la Subsecretaría de Coordinación Administrativa del Ministerio a su cargo.
Dicha disposición fue analizada en detalle por los equipos técnicos de las bancadas parlamentarias de la Unión Cívica Radical tanto de la H. Cámara de Diputados como del H. Senado de la Nación, en concordancia con los equipos de la Fundación Alem de nuestro partido.
La Decisión Administrativa mencionada nos ha sorprendido por su contenido y que se reflejara en la implementación del Decreto 882/2017. Como usted recordará, la UCR siguió muy de cerca el proceso de compra por parte de ENARSA, en septiembre de 2016, del 13% de las acciones de la empresa Transporte Eléctrico en alta Tensión TRANSENER puesta en venta por la Empresa Electroingeniería en mayo de ese año.
La UCR impulsó la compra por parte del Estado nacional por razones económicas, por razones estratégicas y por razones de política energética. La entrada de ENARSA en el directorio de la misma fue fundamental para mejorar el funcionamiento de la empresa y por otro lado los resultados económicos de esa operación fueron altamente convenientes para el Estado Argentino y para ENARSA la mejor operación económica de toda su historia.
La compra de las acciones en venta le permitió a la Empresa ENARSA – perteneciente al Estado nacional y a 10 provincias argentinas- adquirir un número suficiente de ellas para detentar en la actualidad el 50% de las acciones de control de la empresa CITELEC propietaria de TRANSENER.
Esta decisión trascendente del gobierno de Cambiemos fue tomada al más alto nivel gubernamental y con los fundamentos técnicos requeridos para una determinación de esta naturaleza. La UCR no solo acompañó la resolución del Poder Ejecutivo nacional correctamente implementada por ENARSA y por el MINEM, sino que también realizó a través de sus dirigentes más relevantes manifestaciones públicas apoyando la decisión gubernamental.
Cabe aclarar que el Estado nacional posee, además, a través de la ANSES, e119% de acciones (clase B) y es, a consecuencia de ello, el mayor accionista de la Empresa. El resto del paquete societario – se encuentra en manos del grupo empresario PAMPA ENERGIA, inversores privados y accionistas independientes.
Como es de público conocimiento, la compra por parte de ENARSA no fue una adquisición de última instancia, ya que existía otro oferente: la empresa DISVOL. La decisión del Gobierno del Presidente Mauricio Macri y de su Jefatura de Gabinete tuvo adecuadamente en cuenta esta circunstancia en el momento de la toma de la decisión

  1. a) La importancia estratégica de TRANSENER.

Para la UCR y sus bancadas parlamentarias no quedan dudas de la importancia de esta operación en las actuales circunstancias de un sector eléctrico en camino a normalizarse.
La ley 25065 divide el mercado eléctrico en 3 sectores, generación, transporte y distribución claramente separados con el objetivo de garantizar la transparencia en el desarrollo de los mismos.
Esta diferenciación es clave en un sistema que debería funcionar de acuerdo a la ley principalmente por la iniciativa privada. TRANSENER es la columna vertebral del sistema de transporte y por ende de todo el sistema eléctrico nacional. Tiene la concesión del Transporte de Extra Alta Tensión en 500KV en todo el territorio nacional por los próximos 65 años, y es un monopolio natural.
Por las características técnicas y económicas de las funciones que brinda, está en condiciones de promover nuevos proyectos o desalentar su ejecución, si no fueran estratégicos para los accionistas de la empresa que hoy tienen intereses en otros segmentos del mercado que se ven naturalmente afectados por el transporte. Es este aspecto el que hoy no vemos garantizado y vemos conveniente que la visión del Estado como representante del bien común sea considerada en el funcionamiento de la compañía y mucho más cuando como en el caso de Transener hoy esta presencia se realiza en armonía con los socios privados, los inversores institucionales y claramente en beneficio de la empresa. TRANSENER es una empresa altamente sofisticada desde el punto de vista tecnológico transporta por sus redes el 67% de la totalidad de la energía eléctrica que se genera y consume en la Argentina.
La empresa posee elevados índices de calidad de las prestaciones que realiza. Es un orgullo para los argentinos y así debería ser considerada. Pero aún más; TRANSENER es además propietaria de otro “monopolio natural estratégico” la empresa TRASBA que realiza todo el transporte en alta tensión de la Provincia de Buenos Aires, la más poblada de la Argentina. b) La operación de compra de 2016 y sus resultados económicos para ENARSA y para el resto de los accionistas.
Desde la compra de ENARSA en 2016 TRANSENER ha mejorado su performance económica y técnica ya que el abandono de las políticas de congelamiento tarifario impuestas desde la administración de los presidentes Kirchner desde la salida de la convertibilidad sacó la empresa de la situación de crónico quebranto a que fue sometida en los últimos tres lustros.
Después de realizada por parte del Gobierno nacional la REVISION TARIFARIA INTEGRAL (RTI), con un gran esfuerzo de todos los ciudadanos argentinos y que entró en vigencia en febrero de 2017, la compañía presenta un Cuadro de Resultados y Balance General con ganancias que la exhiben como una empresa eficiente y eficaz.
Sus acciones se han valorizado en 2017 siendo la segunda acción con mayor crecimiento en el año 2017 dentro del PANEL DE ACCIONES LlDERES, con un 172%, muy por encima del promedio de crecimiento anual de las acciones del panel MERVAL. Por sobre esto, las gestiones del estado nacional fueron fundamentales para el ordenamiento de las deudas que CAMMESA tenía con la empresa, por lo que podemos afirmar que la entrada del Estado nacional en la empresa ha resultado fundamental para su recuperación.
En el momento de compra pagó ENARSA 0,468 U$S/acción y en la actualidad las acciones cotizan en la Bolsa de Buenos Aires a 2,58 U$S/acción, lo que da un rendimiento con un crecimiento del 450% en dólares estadounidenses en 16 meses. El Gobierno nacional ha hecho una operación sin precedentes.
Una acertada decisión estratégica y económica que la UCR acompañó desde el inicio en el marco de su posición en Cambiemos. Mientras se garantice que la intervención del Estado no va en desmedro del correcto funcionamiento y la eficiencia de la empresa, ¿por qué el Estado debería retirarse en un momento en que los resultados de dichas acertadas intervenciones comienzan a dar frutos? ¿se exploró alguna alternativa prevista en el Decreto 882/17 como ser la cesión a la ANSES en condiciones a determinar? Estas preguntas son las que hoy surgen del seno de la UCR y seguramente se hará una buena parte de la opinión pública. Como miembros de cambiemos y garantes de la gobernabilidad es nuestra responsabilidad también anticipar este tipo de cuestionamientos.

  1. e) Las cuestiones de forma de la Disposición Administrativa que deberían ser clarificadas. Llama la atención como se elaboró la Decisión Administrativa del MINEM W527-E/2017, el origen y procedencia de la misma, por lo que se presentan ciertos interrogantes que en función del interés público y la realidad política deben ser aclarados en forma precisa por parte de ese Ministerio.

Al respecto quisiéramos poner de manifiesto algunas cuestiones procedimentales que creemos convendría aclarar para evitar malos entendidos en la opinión pública siempre sensible a este tipo de cuestiones:
1) La Disposición Administrativa 527E -2017, es firmada por el Subsecretario de Coordinación Administrativa del MINEM, Ing. Marcelo Pedro Blanco, quien en su hoja de antecedentes indica que ha sido miembro del Directorio de PAMPA Energía SA entre abril 2013 y diciembre 2015.
2) La empresa PAMPA es, precisamente, el otro socio de ENARSA en Transener y cabría analizar si está empresa pudiera beneficiarse de la salida de ENARSA de Transener.
3) El Decreto PE 882/2017 establece en su artículo 6 que se instruye al MINEM para que ENARSA (INTEGRACION ENERGETICA ARGENTINA SA según su futura denominación) proceda a “la venta, cesión u otro mecanismo de transferencia según corresponda” de: ….. c) “la participación de ENARSA en COMPAÑIA INVERSORA DE TRANSMISIN ELECTRICA CITELEC SOCIEDAD ANONIMA”. Llama la atención entonces porqué la Decisión Administrativa 527 E-2017 solo se limitó a analizar la venta y no la cesión ni otro mecanismo de transferencia según claramente expresa el artículo 6 del Dto.882
4) El Decreto 882/17 establece la fusión por absorción entre ENARSA y EBISA, formando una nueva empresa, que se denominara IEASA (Integración Energética Argentina SA) a la que se le encomienda una serie de acciones, entre las cuales se encuentra la venta de las acciones de ENARSA en TRANSENER. ¿Porque el MINEM toma a su cargo esta operación, previo a la conformación de IEASA y sin la aprobación explícita de ENARSA?
5) ¿Cuáles son los fundamentos técnicos, económicos y jurídicos que ha evaluado el MINEM para iniciar y ejecutar en plazos perentorios la operación de enajenación de las acciones del Estado Nacional en TRANSENER?
6) ¿De dónde surge el presupuesto de $ 24 millones para la contratación de consultoría para la Enajenación que determinó la Disposición Administrativa de la referencia? Finalmente queremos ratificar al Sr. Ministro nuestra oposición, en nombre de la UCR a continuar avanzando en la dirección que se ha tomado.
Sin otro particular, y a la espera de una pronta respuesta, lo saludamos con nuestra más alta consideración.

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