La Afip simplifica los sistemas de información de precios de transferencia

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La AFIP reducirá en los próximos días el número de formularios
obligatorios de precios de transferencia y elevará los montos
mínimos de operación para ser informados.
*Por esta razón, no operará el inminente vencimiento del formulario
969 previsto para los próximos días.*
La Resolución General, que se publicará el lunes en el Boletín
Oficial, prevé que: 
-El vencimiento de todos los formularios se unificará en el octavo
mes posterior al cierre del ejercicio fiscal, en lugar de los plazos
vigentes hasta ahora: quinto, sexto y octavo mes. Por lo tanto, los
tres vencimientos quedan unificados; en el caso de las sociedades que
tuvieron su cierre en diciembre último, la presentación será en
agosto próximo.
 -Se elimina el formulario F969, que anticipaba la información de
precios de transferencia.
 -Se elevan los importes mínimos para la obligación de presentar
declaraciones: para las operaciones entre sujetos independientes, la
obligación de informar corresponderá a quienes hayan operado por
*10 millones de pesos o más –frente al piso previo de $ 1
millón-*, mientras que para el caso de precios de transferencia el
límite mínimo por cada operación será de *300 mil pesos* o –si
resultaran inferiores- un importe *global de 3 millones de pesos*. 
Además, se espera que el resto de las modificaciones normativas y de
sistemas para adecuar el régimen de información de operaciones
internacionales y precios de transferencia a la última reforma
tributaria (Ley 27.430) y al esquema BEPS de la OCDE estén a
disposición de los ciudadanos el mes próximo.

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