El acceso a la tierra, la experiencia en Misiones y el caso emblemático de Pozo Azul

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La propuesta de Juan Grabois sobre una reforma agraria despertó mucho revuelo mediático en medio de un tiempo electoral en el que cada palabra es analizada con lupa para contrastar modelos entre la alianza Cambiemos y el Frente de Todos que lidera Alberto Fernández. El dirigente social exigió “expropiar” tierras para repartir entre quienes no tienen acceso y desde diversos sectores cuestionaron por “disparatada” su propuesta de campaña.

Sin embargo, Misiones tiene una rica experiencia en materia de distribución de tierras para la agricultura que se potenció en los últimos años con intensas negociaciones para expropiar terrenos ociosos. 

El ex subsecretario de Tierras, Jaime Ledesma, quien encabezó esa ardua tarea durante el gobierno de Maurice Closs, brinda su visión sobre la problemática de tierras. Solo en los tres años de gestión de Hugo Passalacqua, con el programa Mi Título se entregaron más de 20.000 soluciones de tierra, es decir 20 mil familias que fueron beneficiadas en el marco del programa, de los cuales un 60 por ciento corresponde a superficies rurales y un 34 por ciento a superficies urbanas. Actualmente junto al Colegio de Agrimensores se avanza en un ambicioso plan de mensuras de tierra fiscal que alcanzará, a más de cinco mil familias misioneras.

La experiencia Misiones sobre el acceso, distribuciòn y regularización dominial de tierras rurales 10/Diciembre/ 2.005 al 10/Diciembre/2.015.-

Por: Ing. Ftal. Jaime G. Ledesma(*)

(*) Ex Subsecretario de Tierras y Colonización [Dic/2005 – Dic/2015]

Con respecto a la propuesta de Reforma Agraria del dirigente social Juan Grabois vale tener presente estas consideraciones: 

1) Las tensiones del futuro, a nivel social, económico y político, van a tener como principales protagonistas a la tierra, como demanda de territorio para habitar y producir; los bosques como factor eco-territorial para la sustentablidad ambiental y los sistemas agroproductivos y el agua, no solamente como demanda social de consumo para la vida cotidiana de una comunidad, sino como recurso energético clave para el desarrollo económico de nuestra región.-  

2) La tierra es más que un simple activo productivo, es un recurso natural estratégico, clave y determinante para consolidar un desarrollo territorial sostenible tanto nivel provincial, como regional, por tanto no se puede separar las políticas de tierras de las políticas sociales, ambientales y económico-productivas.-

3) La problemática del acceso, distribución y regularización dominial de las tierras es un tema muy complejo a resolver por parte de los gobiernos Nacional, Provincial y/o Municipal, principalmente por las variables involucradas desde socio-territorial, histórico-cultural, económico-productivo, ambiental, jurídico-legal y político-institucional.-

4) Las políticas vinculadas al acceso, distribución y regularización dominial de las tierras son competencias institucionales de las provincias y deben ser discutidas en ese contexto con la profundidad y responsabilidad que ello amerita, abordando la problemática en toda su compleja dimensión, en el marco de un Acuerdo Socio Territorial. Hay que tener presente que las particularidades Provinciales son muy disímiles.-

5) Cómo bien lo define la Iglesia: “defender el legítimo derecho de la Propiedad Privada; pero entendiendo que sobre la misma grava siempre una hipoteca social, para que los bienes sirvan a la destinación general que Dios les ha dado”. En virtud de esta hipoteca social habrá entonces que definir, con mucha claridad jurídico legal y reglamentar legalmente a su vez, la función social y ambiental de la propiedad privada de la tierra.-

Experiencia Misiones

Haciendo una referencia histórica

La problemática de la distribución de la tierra, en la Provincia, es una cuestión estructural que viene desde sus mismos orígenes de la conformación del territorio nacional y como también las luchas por su reivindicación.-

Un dato histórico que no se puede soslayar es que, ante la inminente federalización de Misiones como territorio Provincial, el 22 de junio de 1.881, las autoridades de la Provincia de Corrientes se apresuraron en aprobar una Ley que disponía la venta de la mayor parte de la tierras fiscales de Misiones en grandes secciones; la que una vez reglamentada, posibilitó, que 2.500.000 hectáreas de tierras fiscales (más del 83% de la territorialidad) fueran adjudicadas a 38 personas (en 38 parcelas de 25 leguas cada una).- 

Estas adjudicaciones, le generaban al Gobierno nacional y a las autoridades del Territorio un grave problema, a limitar las tierras de origen fiscal para su colonización. La solución llegó más tarde, cuando se acordó la caducidad de los derechos de los beneficiarios que no hubieran mensurado sus predios antes de 1.894.-

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En su origen el territorio de Misiones estuvo conformado por grandes latifundios, y quedando tierras fiscales en la cresta de las sierras y vastos territorios que no habían sido afectados por la venta masiva de tierra descripta en párrafos anteriores, muchos de los excedentes de mensuras de esas propiedades también constituyeron las actuales tierras fiscales. Las Colonias, para colonizar, eran divididas en dameros (cuadrados perfectos) de lotes de 100 hectáreas, los que se dividían en cuatro fracciones de 25 has cada una, prevaleciendo esta última como unidad económica. 

Oportunamente el presidente Hipólito Irigoyen propició la Provincialización, pero fue recién el año 1.953, por iniciativa del entonces presidente Juan Domingo Perón, que el Congreso de la Nación sanciona y promulga (10/diciembre/1.953) la Ley N° 14.294 por la cual se Provincializa el Territorio Nacional y Misiones pasa a tener el estatus de Provincia argentina y plena autonomía como estado federal (jóvenes 61 años de vida institucional).- 

La Constitución provincial, se sanciona en 1.958, estableciéndose los principios constitucionales que rigen para la temática tierra, de vanguardia. Taxativamente se establece que: “…En el territorio de la Provincia la propiedad es inviolable y cumple una función social. …”, a su vez define el Régimen Agrario, donde queda taxativamente establecido que: “La tierra actualmente en el patrimonio de la provincia y la que en cualquier forma se adquiera en el futuro, deberá ser colonizada mediante entrega en propiedad de lotes que constituyan una unidad económica familiar, cuya superficie fijará la ley”  y “Se dictarán las leyes necesarias para instaurar una reforma agraria que propicie el acceso del hombre a la propiedad de la tierra, el fortalecimiento de la familia campesina y la vigorización de la economía agraria”.-

Cabe acotar que la entrega de títulos de propiedad a los Colonos siempre fue un proceso jurídico administrativo lento. Recién en estos años, mediante la sanción, promulgación y reglamentación de la Ley XVI N° 100 (antes Ley 4.502 “Plan Extraordinario de Regularización Dominial de Tierras”) generó una sinergia institucional que posibilitó acelerar el proceso administrativo de titularización de Tierras Fiscales.-

El programa Mi Título 

La gestión del gobernador Hugo Passalaqcua, ha instrumentado el Programa “Mi Título”, el cual marcó un desafió político institucional trascendental que pone al más alto nivel de la agenda pública la cuestión de la regularización de tierras fiscales.-

La ocupación irregular de propiedades privadas rurales

En Misiones, la ocupación irregular, tiene un fuerte componente socio-cultural y económico, asimismo constituye una problemática con rasgos son muy particulares: la ocupación espontánea, es un rasgo característico del poblamiento agrícola de Misiones y una de las principales problemáticas socio territoriales que tienen muchos municipios de la provincia.

Hay que dejar bien en claro que se no convalida, bajo ningún motivo o circunstancia, la intrusión de tierras, un accionar totalmente cuestionable, pues se está infringiendo la ley, y obviamente los que lo realizan cometen un delito que está tipificado por la legislación vigente, donde no cabe la intervención administrativa sino la Judicial en tiempo y forma.

3°) La Superficie Provincial con problemas de Ocupación Irregular, consolidados en el tiempo y el territorio, estimada por la Subsecretaria de Tierras y Colonización, rondaría las 150.000 hectáreas. Esto equivale a casi 12 por ciento de la superficie destinada a la producción en la Provincia, principalmente en los departamentos de San Pedro, General Manuel Belgrano, Guaraní, 25 de Mayo, Cainguás y Oberá.

4°) Un dato clave, en los últimos años, 62.000 hectáreas de tierras con conflictividad y/o ocupación irregular consolidada fueron adquiridas por el Estado Provincial, las que hoy se encuentran en proceso de regularización dominial más del 41% de la tierra oportunamente estimada bajo conflicto.-

El acceso a la tierra segura 

El acceso a la tierra segura y regularizada (Derechos de Tenencia) es un instrumento estratégico, eficaz e indispensable para el fortalecimiento de la familia agraria y la vigorización de su economía, posibilita su progreso y bienestar y a su vez garantiza y permite consolidar el ordenamiento y desarrollo territorial sostenible.-

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El acceso, distribución (justa y equitativa) y la regularización de dominio y/o tenencia de las tierras, nos posibilita el acceso del hombre a la propiedad de la tierra pero no son un fin en sí mismo, sino instrumentos estratégicos que sumados a la inversión en infraestructura vial, eléctrica, viviendas rurales, educativa y sanitarias y con el acompañamiento de Programas Foresto-Agro productivos nos aseguran y garantizan el arraigo y el fortalecimiento de la familia campesina y la vigorización de la economía agraria, en un marco socialmente inclusivo, productivamente rentable y ambientalmente amigable en definitiva un desarrollo rural territorial sostenible regional.- 

La complejidad de la problemática ocupacional irregular tierras, consolidadas territorialmente (producto de una colonización silenciosa que se va dando después de los años 80, que hoy detenta cierta legitimidad, en su reclamo, pero no legalidad), hace tener una visión estratégica sobre este territorio, pues constituye la lucha por un determinado territorio y plantea un complejo desafío político e institucional para su abordaje.- 

Cabe reseñar que la Renovación, desde el año 2003, viene poniendo al tope de su agenda de gestión político-institucional la cuestión vinculada con el acceso, distribución y regularización dominial de las tierras; primeramente en el Gobierno de Carlos Rovira, después durante los ocho años del gobierno de Maurice Closs y actualmente en la gestión del Hugo Mario Passalacqua, con el “Plan Mi Título”.-

Definiciones políticas que corrobora lo dicho y sintetiza esta Política de Estado: 

“…Es central, en la causa Misionerista, que las FAMILIAS sean dueñas de sus TIERRAS” [Ing Carlos Eduardo Rovira Ex Gobernador, Presidente de la HCR y Conductor del FRCS]

“Con la Propiedad de la Tierra aseguramos la inclusión, trabajo, crecimiento y bienestar del Pueblo Misionero en una Provincia cada vez mejor; Crecer más, Crecer en Paz”  [ Dr Maurice F. Closs Ex Gobernador  – Senador Nacional]

Los datos aquí vertidos son una síntesis de la experiencia en la gestión en la Subsecretaría de Tierras y Colonización en el periodo diciembre 2005 – diciembre 2015 los que hay que analizarlos, en un contexto de proceso ordenado de acceso, distribución y regularización dominial de la tierra, lo en definitiva implica, una Reforma Agraria ordenada.-

La Problemática Pozo Azul un caso emblemático 

Las luchas reivindicativas por la regularización de las tierras que ocupaban, toman visibilidad un 17 de septiembre de 2000 en donde, como dice doña Esther Domínguez: “Pozo Azul, y los demás Parajes de las zonas aledañas se ponen de pie e inician los primeros cortes de las Rutas Provinciales Nº 17 y 20”; fueron muchos los actores sociales que lucharon.-

Cabe reseñar que el 26 de agosto de 2003, Rovira, gobernador de la Provincia, otorga un subsidio de 59.500 pesos a la Asociación Civil de Promoción Humana y Desarrollo Agroecológico Local (Aphydal) para que se realice el Primer Censo de Ocupantes Irregulares del Norte Misionero por parte de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de Universidad Nacional de Misiones (FHyCS de la UNaM); lo que dio el fundamento a la “Ley Arraigo y Colonización”.-

El 19 de Noviembre de 2004, cuando se sanciona la Ley XVI N° 77 (antes Ley 4093 “Plan Arraigo y Colonización), a partir de allí el Gobierno provincial asume el desafío político-institucional de instrumentar la Ley, a fin de determinar las áreas efectivamente ocupadas, en un contexto socio-territorial complejo.-

La creación del Municipio de Pozo Azul, por Ley XVI Nº 17, es la jerarquización política-administrativa y jurídica de Pozo Azul y sus áreas aledañas; resultante de un extraordinario proceso de reivindicación socio-territorial e intervención político-institucional de Acceso, Distribución y Regularización Dominial de la Tierra encarado por el Gobierno Provincial con una adecuada articulación Institucional entre distintos organismos Provinciales, la Cámara de Representantes y los Municipios de la Zona involucrados, principalmente San Pedro y Bernardo de Irigoyen; y con el debido acompañamiento de los pobladores de la zona. Un hecho que no tiene antecedentes en el País.-

Este año han elegido democráticamente a su primer intendente.

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