Atropellamiento de animales: Ecología inició un sumario y crearán el registro de conductores infractores

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Esta mañana un felino hembra de las características de un ocelote (Leopardus Pardalis) fue atropellado junto con su cría en jurisdicción del Parque Nacional Iguazú. La hembra, un ejemplar adulto, que intentó cruzar la ruta, fue atropellada y murió en el acto, mientras que su cría sobrevivió y fue trasladada al centro de recuperación de animales de la selva paranaense Guira Oga.
Ante esto desde el Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones se comunicó el inicio de Sumario Ambiental por Daño Grave a la Fauna. A la vez también se anunció la creación del Registro de Conductores Infractores a la Fauna Nativa
Luego de producido un nuevo atropellamiento y muerte de un individuo de la fauna nativa misionera, en este caso, de la especie Ocelote (leopardus pardalis), en jurisdicción del Parque Nacional Iguazú, ocurrido en el día de la fecha, y sin perjuicio de las actuaciones que se lleven adelante en la jurisdicción nacional, el Ministerio de Ecología dio apertura a un sumario ambiental contra la persona física y/o jurídica autora y/o responsable del atropellamiento como un caso de DAÑO GRAVE a la fauna misionera, que es de dominio del Estado provincial. En el mismo se procederá a la citación de todos los posibles involucrados en el hecho para la determinación de responsabilidad y sanciones.


El individuo, una hembra joven, era acompañada de una pequeña cría, de alrededor de dos meses de vida, la cual fue rescatada por guardaparques nacionales y se recupera favorablemente en el Centro de Rehabilitación de Fauna Silvestre Guira Oga, que es llevado adelante por el Ministerio de Ecología y la Fundación Félix de Azara.
Al mismo tiempo se comunica que por Resolución N° 15, de fecha 19 de enero, del Ministro de Ecología y R.N.R., se dio creación al Registro de Conductores Infractores a la Fauna de Misiones. En el mismo, que será público, se procederá a la inclusión de toda persona física o jurídica, pública o privada, declarada infractora, o que tenga abierta un sumario ambiental en curso, relacionado a la infracción de la velocidad máxima permitida para circular por Áreas Naturales Protegidas, hasta tanto no deslinde su responsabilidad por el hecho o cumpla con las sanciones impuestas.
A través del citado Registro la ciudadanía en general podrá informarse acerca de la responsabilidad social y ambiental que tienen las empresas de transporte público de pasajeros, de taxis, remises, etc., junto a las personas físicas y jurídicas en general, que serán incluidos en el citado registro para un mejor control ciudadano.
Los mismos serán inhabilitados para el ingreso a los Parques Provinciales, mientras no sean excluidos de dicho Registro.
Se solicitará al Ministerio de Turismo de la Provincia que comunique y ponga a disposición el citado Registro a todos los operadores turísticos de Misiones.
Se solicita a quienes circulan por caminos o rutas que atraviesan Áreas Naturales Protegidas el cumplimiento del límite de velocidad de 60 km/h, a los fines de preservar la seguridad de conductor, pasajero y la fauna de Misiones, instituida como Capital Nacional de la Biodiversidad por Ley N° 27.494. Los tramos que requieren mayor atención son la Ruta Nacional 12 en el tramo que atraviesa el Parque Provincial Puerto Península y el Parque Nacional Iguazú, la Ruta 101, en el tramo que atraviesa el Parque Nacional Iguazú, la Ruta 19 en lo que atraviesa del Parque Provincial Urugua-í, la Ruta 16 en lo que atraviesa la Reserva de Biosfera Yaboti (rumbo a Paso Rosales), la Ruta Provincial 2, en el tramo que atraviesa la Reserva Yabotí, y el Parque Provincial Moconá, las Rutas 7 y 220 en lo que atraviesan el Parque Provincial Salto Encantado del Valle del Cuñá Pirú.

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