Aída Kemelmajer: “La violencia es un tema que no se resuelve solo jurídicamente, cuando llega la Justicia ya es tarde”

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La jurista Aída Kemelmajer de Carlucci visitó Misiones para dictar un seminario y presentar un libro sobre Derecho de Familia. Allí charló con Economis y planteó que “la violencia intrafamiliar se soluciona con prevención, porque cuando llega a la Justicia o a la Policía es tarde”.

Aída Kemelmajer de Carlucci es una de las principales juristas del país. Ex integrante de la Corte Suprema de Mendoza hasta 2010, fue parte de la comisión de notables que elaboró el anteproyecto de reforma del Código Civil. La jurista llegó a Posadas hace unos días para dictar el seminario “Lenguaje en los procesos de Familia”, en la especialización en Derecho Penal de la Universidad Gastón Dachary. Posteriormente presentó el libro, “Paradigmas y desafíos del Derecho de las familias y de la niñez y adolescencia”.

“Vengo a Posadas a presentar un libro que compila todo lo abordado en en el encuentro de Derecho de infancia en Iguazú” dijo en un breve contacto con Economis.

Explicó que “además mi conferencia es sobre los derechos del niño sobre
su propio cuerpo, una noción muy atada a otra que es el de la autonomía progresiva. Quiere decir que hay que irle reconociendo al niño, adolescente todas sus potencialidades y capacidades hasta que llega a la mayoría de edad, los 18 años. Es una orden que nos da la Convención de los Derechos del Niño que dice que al niño hay que formarlo para que cuando llegue a la vida independiente sea el mismo un instrumento para generar mayores derechos y el reconocimiento de todos los derechos”.

Al hablar de derechos fundamentales, como la educación sexual integral, dijo que “la ESI es fundamental, luchamos hace años, la ley está vigente hace 10 años, pero en la mayoría de las provincias no se aplica. Siempre hubo fuerzas conservadoras que impiden su aplicación, dan razones de que no están conformes con los textos que se prepararon, deberían preparar nuevos, pero a la ley hay que aplicarla”

Uno de los problemas más graves en el país es el de la violencia intrafamiliar y de género, que muchas veces se invisibiliza por la violencia económica. Al plantearsele sobre como salir de ese escollo, la jurista dijo que “el tema de la violencia es un tema que no se resuelve solo jurídicamente. Son problemas culturales, económicos, etcétera; entonces nosotros tenemos que comprender que la Ley sola o el Poder Judicial solo no da respuesta a esto. Entonces usted debe tener una infraestructura para responder ante un caso de estos”.

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“Por ejemplo la provincia de Córdoba, cuando dicto su Ley de violencia familiar, lo primero que dictó fue la creación de los refugios para las mujeres y los hijos, para que puedan pasar algunos días”, dijo como ejemplo de respuesta.

A la vez amplió diciendo que las victimas de este tipo de violencia deben ir “no a la policía porque no nos sirve, sino a los Tribunales a denunciar el hecho. Las soluciones más fáciles se logran en la Justicia que en la policía. Allí se puede avanzar en darles albergue”.

Reconoció que “lo más difícil de regular es la violencia. Cuando nosotros hemos tenido que regular estos temas en los manuales de procedimiento. Los Códigos de Procedimiento de Familia, siempre hemos dejado el capitulo de la violencia para el final, porque cualquier cosa que se proyecte siempre va a tener alguna reforma, se suprimen o se agregan cosas, conscientes de la dificultad enorme que tiene el tema”.

Para ella es fundamental comprender que “lo fundamental en materia de violencia es la prevención. En lo que nosotros fallamos es en la prevención. Cuando llegamos desde el Tribunal o desde la Policía es tarde, porque la violencia se produjo y tampoco podemos creer que el Estado tenga un policía en cada casa donde hay violencia, no hay Estado en el mundo que tenga presupuesto para eso”.

Otro de temas por los que fue consultada, fue sobre la idea de la baja en la edad de imputabilidad y su impacto en la reducción de la delictividad. Fue categórica al decir “no, la edad de imputabilidad no soluciona el problema. Creer que nosotros solucionaremos el problema de los menores infractores a la Ley porque de 16 bajemos a 14 es realmente de un simplismo de no conocer la realidad de los problemas”.

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“Hace unos años escribí un libro sobre la Justicia restaurativa, como una tercera vía para tratar de solucionar el tema de los menores infractores la Ley Penal. Eso no fue ningún invento mio, la Justicia restaurativa se aplica en muchos países como Colombia, Canada, etcetera. En nuestro país la idea de reinsertar a un menor que ha cometido un delito en la sociedad, en algunas provincias se lleva adelante con bastante éxito”, comentó.

La Jurista recordó que “un menor no empieza matando a alguien. La persona menor de edad infringe la Ley Penal, a lo mejor la primera vez, robandole una cartera a una persona en el supermercado, empieza por ahí. El menor no empieza como asesino en ciernes desde el comienzo. Por eso cuando el Estado no tiene respuestas para ese chico que comete la primera infracción, ese chico entra en la carrera del delito y después es muy difícil que se lo pueda volver (a reinsertar en la sociedad)”.

Para ella es necesario “encontrar para que sirve ese chico. No creo que haya chicos que son buenos para nada, creo que en cada chico se puede encontrar para que puede servir (en su contexto social). Y que ese chico asuma y pueda encontrar su lugar, como un instructor de deportes para otras personas más jóvenes y entonces se lo ubica en algo que a él le gusta, con otros chicos y donde se sienta útil y pueda ser restaurado. Por eso se llama Justicia restaurativa, porque restaura a la sociedad y a la persona. Por eso debemos ir hacia este tipo de programas en todo el país. Bajar o no la edad de imputabilidad no sirve para nada”.

Al ser consultada sobre cuales fueron los mayores cambios en el derecho de Familia, la doctora Kemelmajer indicó que “venimos en un proceso de secularización del Derecho de Familia. Sin discriminar por religión u orientación sexual. Por eso se incorporó en el Código Civil y Comercial normas que estaban contemplados en otras leyes, convenciones y tratados internacionales”.

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