Maíz, transgénicos y sus riesgos

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En estos últimos días nos enteramos que el Gobierno Nacional pacto con Maizar, la Asociación  de Maíz y Sorgo Argentina, para desarrollar sembradíos de alta productividad en Misiones y en el Norte de Corrientes. La increíble extensión de 250 mil hectáreas. El plan es convertir a Misiones en una cuenca granera para abastecer el déficit que tiene nuestro vecino brasileño en Santa Catarina, el estado más rico de Brasil, donde se produce cerdo y pollo de exportación a escala global. El negocio está a la vista: demanda creciente, costos logísticos bajos y dólares al alcance de la mano por la exportación.  Para las autoridades nacionales y la empresa no hacen falta estudios de impacto ambiental ni demasiados permisos. Es un “negocio directo con los productores”, argumentan los defensores de la idea.
Me asombra que se den estas respuestas, y me entristece también, porque en mi opinión es venir a seducirnos a los misioneros, con espejitos de colores, desconociendo totalmente la realidad de nuestras familias, que son en su mayoría son pequeños agricultores familiares, donde el agricultor promedio tiene 20 hectáreas, que nuestra cultura e idiosincrasia es totalmente diferente a la que existe en provincia de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, etc. donde se llevan a cabo estos cultivos extensivos e intensivos.
No informan que es un Paquete Tecnológico el que se aplica, que las semillas transgénicas vienen con agroquímicos, que involucran la manipulación de genes con efectos en la salud, deforestación, y otros efectos en las poblaciones y animales a veces mortales.
Como ciudadana primero y profesional después, es que escribo para pedir que se cumplan con todas las normas que están vigentes para protegernos. Es que la  empresa y el Gobierno nacional, deben cumplir con la ya existente Ley General del Ambiente de Presupuestos Mínimos 25.675, para lograr una gestión sustentable y Adecuada del Ambiente, la preservación y la protección de la diversidad biológica y del desarrollo sustentable. Es corta y los invito a todos a que la lean, fue sancionada en el 2002.
Puedo decir, que esta actividad pactada, de plantar 250 mil hectáreas de maíz transgénico de forma extensiva e intensiva, está dentro de los parámetros de esta ley y por lo tanto debe cumplir sus requisitos y debe preservar el Bien jurídicamente protegido que es la gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable (art.1).
A su vez el art. 2 establece los objetivos que La política ambiental nacional ( gobierno Nacional) deberá cumplir: a) Asegurar la preservación, conservación, recuperación y mejoramiento de la calidad de los recursos ambientales, tanto naturales como culturales, en la realización de las diferentes actividades antrópicas; b) Promover el mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras, en forma prioritaria; c) Fomentar la participación social en los procesos de toma de decisión; d) Promover el uso racional y sustentable de los recursos naturales;e) Mantener el equilibrio y dinámica de los sistemas ecológicos; f) Asegurar la conservación de la diversidad biológica; g) Prevenir los efectos nocivos o peligrosos que las actividades antrópicas generan sobre el ambiente para posibilitar la sustentabilidad ecológica, económica y social del desarrollo;, etc…..
Esta Ley es de Orden Público y es operativa, lo cual significa que está enteramente vigente y toda norma que se le oponga es derogada ( Art.3).
La Empresa que pactó con el Gobierno Nacional,  debe presentar antes de iniciar sus actividades, una Evaluación de Impacto Ambiental, a las Autoridades Ambientales de la Provincia, Art. 11 de la Ley Nacional y Normas provinciales, este procedimiento previo a la toma de decisiones deberá contener, como mínimo, una descripción detallada del proyecto de actividad a realizar, la identificación de las consecuencias sobre el ambiente, y las acciones destinadas a mitigar los efectos negativos.
Se trata de una actividad que es susceptible de degradar el ambiente y afectará la calidad de vida de la población de la provincia de forma significativa. El Ministerio de Ecología y Recursos Renovables de la provincia es quien aprobará o rechazará el Estudio de Impacto Ambiental, que por su importancia, de acuerdo a la ley, debe incluir Audiencias Públicas, a fin de que los ciudadanos puedan informarse y efectuar sus objeciones por medio de la Participación ciudadana (art. 19), sobre todo porque va a tener alcance e incidencia General.
Recordando que la Jurisdicción y competencia Ambiental es de las Provincias, de acuerdo al Art. 41 de la Constitución Nacional “… Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales.” Esto significa que cada provincia es autónoma en cuanto a su política ambiental, poder de policía y jurisdicción.
En mi opinión la situación es grave, que conlleva a un avasallamiento de instituciones, de desconocimiento de las normas recientemente sancionadas como la Ley XVI N°124 que prohíbe el uso y la comercialización del glifosato en la provincia (aprobada por la Legislatura el 18 de octubre de 2018) que establece que a partir de abril del 2020 “queda prohibido el uso del glifosato, sus componentes y afines en los en los ejidos urbanos del territorio provincial. Y a nivel nacional Misiones fue declarada capital Nacional de la Biodiversidad.
Existe como recurso también, en manos de los ciudadanos, Asociaciones, etc. el Amparo Ambiental (Garantía Constitucional) contenido en el Art. 43 de la Const. Nac., con una Acción Precautoria o Preventiva, a fin de dar tutela y resguardar nuestros derechos constitucionales ambientales (art. 41 C.N.). Espero que se tome conciencia de la situación y las consecuencias económicas, ambientales, a la salud y a la diversidad  a mediano y largo plazo y evitar Daños ambientales de incidencia colectiva que modifiquen el ambiente, rompan el equilibrio de los ecosistemas y también de nuestros bienes y valores colectivos como misioneros.

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